¿Qué sabemos sobre delitos informáticos?

 DELITOS INFORMATICOS 


Con el paso del tiempo la acepción acerca del delito informático cambió debido a la  innovación de la tecnología. Pues, ha sido notable el avance de la misma y la relación que se entabló con los individuos, convirtiéndolos dependientes de ella.

Sin embargo, es importante resaltar que su empleo ahorra tiempo y facilita la vida. Pero, su inadecuado uso y desconocimiento convierte a los ciudadanos en víctimas del delito en mención, situación que durante la época de pandemia fue frecuente.

Siendo así que, durante los últimos 35 años, las diversas conceptualizaciones que adoptó dependieron de su contextualización.

Entre las primeras definiciones del delito informático, se considera como tal a  “cualquier incidente asociado con la tecnología de los ordenadores en el que la víctima sufrió o pudo haber sufrido un daño y el autor, intencionadamente, obtuvo o pudo haber obtenido un beneficio” (Donn, 1985, como se citó en Hernández, 2009). Para este autor el delito informático está relacionado con el ámbito patrimonial y la violación de la intimidad. El mismo que se comete a través de la tecnología con el objetivo de adquirir un beneficio.

En términos modernos Gutiérrez (1991) conceptualizó en el libro Fraude informático y estafa, a este delito como el daño no solo patrimonial sino también como el hurto de información o cualquier delito que se realizó a través de la tecnología o este tipo de sistemas.


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