¿Qué sabemos sobre delitos informáticos?
DELITOS INFORMATICOS
Con el paso del tiempo la acepción acerca del
delito informático cambió debido a la innovación de la tecnología. Pues,
ha sido notable el avance de la misma y la relación que se entabló con los
individuos, convirtiéndolos dependientes de ella.
Sin embargo, es importante resaltar que su empleo
ahorra tiempo y facilita la vida. Pero, su inadecuado uso y desconocimiento
convierte a los ciudadanos en víctimas del delito en mención, situación que
durante la época de pandemia fue frecuente.
Siendo así que, durante los últimos 35 años, las
diversas conceptualizaciones que adoptó dependieron de su contextualización.
Entre las primeras definiciones del delito
informático, se considera como tal a “cualquier
incidente asociado con la tecnología de los ordenadores en el que la víctima
sufrió o pudo haber sufrido un daño y el autor, intencionadamente, obtuvo o
pudo haber obtenido un beneficio” (Donn, 1985, como se citó en Hernández, 2009).
Para este autor el delito informático está relacionado con el ámbito
patrimonial y la violación de la intimidad. El mismo que se comete a través de
la tecnología con el objetivo de adquirir un beneficio.
En términos modernos Gutiérrez (1991) conceptualizó
en el libro Fraude informático y estafa, a este delito como el daño no solo
patrimonial sino también como el hurto de información o cualquier delito que se
realizó a través de la tecnología o este tipo de sistemas.
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